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¿Qué debo hacer cuando me mudo a una nueva vivienda?

¿Qué debo hacer cuando me mudo a una nueva vivienda?

06 11 - 2018

Cambiar de casa no suele ser tarea fácil. Además de dejar atrás una parte de nuestra vida y tener que realizar la siempre temida y costosa mudanza, son muchas las gestiones que debemos llevar a cabo para dejar todo a punto y en condiciones para iniciar una nueva etapa en nuestro nuevo domicilio. Esto es algo que constantemente nos preguntan nuestros clientes cuando compran una casa nueva en Torrelodones o a través de nuestra inmobiliaria en Hoyo de Manzanares.

En este artículo vamos a facilitarte un poco las cosas, ya que te explicaremos de forma rápida y sencilla los pasos a seguir y las mejores opciones para gestionar y dejar solucionado el tema del suministro eléctrico y de gas, y empezar así a sentir esa nueva casa como un hogar.

Al adquirir o alquilar un inmueble, pueden darse dos situaciones:

  • Que los suministros de electricidad y/o gas natural no estén dados de alta y disponibles en la vivienda, por lo que es necesario dar un nuevo alta de la luz y/o gas natural.
  • Que los suministros de electricidad y/o gas natural ya estén dados de alta y disponibles en la vivienda. En este caso lo que debemos hacer es un cambio de titular .

  • Se da generalmente en los casos de alquiler de inmuebles. Posteriormente explicaremos detalladamente los sencillos pasos a seguir para realizar esta gestión.

Alta de suministros en nuestra nueva vivienda

El alta de suministros es la gestión necesaria para poder disponer de electricidad y gas natural en nuestra vivienda una vez adquirida.

Debemos saber que tanto en el caso del suministro eléctrico como en el del suministro de gas natural, podemos elegir entre dos mercados para contratar nuestra energía:

  • Mercado regulado: Mercado en el que los precios vienen fijados por el Estado. Estos precios varían cada hora, dando cómo resultado un precio diferente cada hora. 24h-24 precios. Sólo pueden ofrecerlo las comercializadoras de referencia.
  • Mercado libre: Mercado existente desde el año 2009 por el cual existen diferentes comercializadoras que fijan sus precios libremente de forma independiente al Estado.

Alta del suministro de gas natural o gas ciudad

Hablamos de una energía en pleno auge. Debido a su económico precio y al hecho de que se trata de una energía mucho más limpia que las utilizadas generalmente, cada vez son más los consumidores que están eligiendo el gas natural como la energía para calentar sus hogares. Otra gran ventaja del gas ciudad es que al contrario de otras energías, no se interrumpe ni corta en ningún momento. Se trata del combustible fósil menos contaminante y con mayor rendimiento energético, por lo que si todavía no te has decidido a dar el paso, este puede ser el momento.

En contra de lo que muchos piensan, la instalación del gas natural en tu vivienda es muy sencilla. A diferencia del suministro de bombonas de butano se trata del procedimiento por el que se colocan las tuberías necesarias para la canalización del gas hasta el edificio y se generan las conexiones necesarias para dar uso al suministro de manera segura. Esta instalación debe ser realizada por un técnico especializado. La obra se realiza de manera rápida y sin perturbaciones en la vivienda en un periodo de pocos días.

Una vez realizada la instalación de gas natural en la vivienda, y con el Certificado de Instalación de gas en nuestro poder, ya sólo falta dar de alta el gas para poder disfrutarlo en nuestra vivienda. En caso de ya tener realizada la instalación en nuestro nuevo domicilio, el paso anterior no sería necesario.

De igual forma que en el caso del suministro eléctrico, si el nuevo inmueble ya dispone de gas natural de forma operativa en la vivienda, lo que deberemos realizar será un cambio de titular, gestión que explicaremos posteriormente.

Para dar de alta el suministro de gas natural es necesario ponerse en contacto con la distribuidora de su zona, o bien con las diferentes comercializadoras que operen en su localidad o municipio. Al igual que en el caso de la electricidad, es recomendable realizar una comparativa entre las diferentes tarifas de las comercializadoras para obtener el precio más competitivo con las mejores condiciones.

El proceso de alta de suministro es rápido, y que todo queda gestionado y en pleno funcionamiento en un plazo de 5 a 7 días hábiles.

Documentos necesarios para tramitar el Alta del Gas

  1. Datos del titular del contrato.
  2. Dirección del punto de suministro.
  3. Código CUPS ( Código Unificado del Punto de Suministro) del gas: Es una especie de DNI del punto de suministro. Puede obtenerse llamando a la distribuidora de la zona.
  4. Cuenta bancaria para domiciliar los pagos.
  5. Boletín oficial o Certificado de Instalación del Gas.

En caso de tratarse de un alta de segunda ocupación, no sería necesario presentar el Certificado de Instalación del Gas a no ser que el mismo hubiera caducado. Por tanto, los documentos necesarios para la gestión del alta son los siguientes:

  1. Datos del titular del contrato.
  2. Dirección del punto de suministro.
  3. Código CUPS ( Código Unificado del Punto de Suministro) del gas: Es una especie de DNI del punto de suministro. Puede obtenerse llamando a la distribuidora de la zona.
  4. Cuenta bancaria para domiciliar los pagos.

Ahora nos centraremos en el coste del alta de suministro de gas natural:

En este caso, el coste de alta depende por varios factores:

  • El coste de los derechos de alta: Viene determinado por las diferentes Comunidades Autónomas, y también varía en función del peaje o tarifa de acceso a contratar.
  • El coste de los derechos de acometida: Depende de la tarifa de acceso contratada. Si es menor a 5.000 kW/año consumidos será de 3.1; si oscila entre los 5.000 kW/año y los 50.000 kW/año será de 3.2 y si supera los 50.000 kW/año consumidos será de 3.3 en adelante.

Pese a que el importe del alta de gas natural debe abonarse a la distribuidora, el pago se realizará mediante la primera factura emitida por la comercializadora contratada.

Alta de los suministros de electricidad

En primer lugar nos centraremos en el suministro eléctrico:

Lo primero que debemos tener claro a la hora de dar de alta la luz es el estado en el que se encuentra nuestro inmueble, ya que el alta se tramitará de forma diferente y no tendrá los mismos costes dependiendo de los siguientes supuestos:

  • La vivienda tuvo suministro pero fue dado de baja de manera voluntaria.
  • La vivienda es totalmente nueva y nunca ha tenido suministro eléctrico.
  • El inmueble ha tenido suministro anteriormente pero fue dado de baja por impago.

Otra cuestión importante es decidir qué potencia eléctrica desea contratar. Conviene tener en cuenta que:

  • La potencia mínima recomendada es 3.45 kW.
  • La potencia media en los hogares españoles es 4.6 kW.
  • La potencia recomendada para la instalación de aire acondicionado es 5.75 kW como mínimo.

Siempre que se da de alta la luz en un inmueble se debe contratar una tarifa entre las diferentes comercializadoras que operan en tu zona. En ella, podrás decidir el precio del término de potencia, el de consumo y también si quieres contratar algún servicio de mantenimiento.

Es recomendable hacer una comparativa entre las diferentes compañías y las diversas tarifas que ofrecen para obtener un precio competitivo con las mejores condiciones posibles. Es aconsejable utilizar un comparador de electricidad que te permita buscar todas las posibilidades de manera rápida y sencilla.

El trámite se realiza de una forma bastante rápida, ya que al ser un suministro básico debe estar conectado en un plazo de 3 a 5 días hábiles. Sin embargo, este plazo puede verse afectado en caso de falta de entrega de la documentación necesaria o si la instalación eléctrica del domicilio no se encuentra en buen estado.

Dar de alta la luz es una gestión sencilla que puede realizarse de manera telefónica, pero son necesarios una serie de documentos y datos, que varían en función del tipo de alta.

Documentos necesarios en caso de alta en nueva vivienda sin luz anteriormente

  1. Código CUPS (Código Unificado del Punto de Suministro) : Es una especie de DNI del punto de suministro. Puede obtenerse llamando a la distribuidora de la zona.
  2. Potencia normalizada a contratar.
  3. Dirección del suministro.
  4. Datos del titular del contrato.
  5. Cuenta bancaria para domiciliar los pagos.
  6. Certificado de instalación o Boletín Eléctrico : Es un documento obligatorio en todas las casas que sirve para certificar que la instalación eléctrica está en buenas condiciones y cumple con todos los requisitos técnicos. Podría decirse que el boletín es a tu instalación eléctrica lo que la ITV a tu coche.

Documentos necesarios en caso de alta en vivienda de segunda ocupación o vivienda con luz anteriormente

  1. Código CUPS (Código Unificado del Punto de Suministro) : Es una especie de DNI del punto de suministro. Puede obtenerse llamando a la distribuidora de la zona.
  2. Potencia normalizada a contratar.
  3. Dirección del suministro.
  4. Datos del titular del contrato.
  5. Cuenta bancaria para domiciliar los pagos.

A continuación nos centraremos en el coste de dar de alta un nuevo suministro eléctrico:

El alta de suministro eléctrico tiene un coste para todos los usuarios que quieren solicitar esta gestión. Se trata de un importe que se abona a través de la primera factura de electricidad que llega al domicilio y que se paga a la distribuidora de su zona, independientemente de la compañía eléctrica que se contrate.

Todas las distribuidoras del territorio español tienen el mismo coste para los clientes puesto que el importe está regulado por tres conceptos que se pagan por suscribir un contrato de electricidad:

  • Derechos de extensión: 17,40 €/kW + IVA
  • Derechos de acceso: 19,70 €/kW + IVA
  • Derechos de enganche: 9,04 € + IVA

El precio de dar de alta la luz varía en función de dos factores:

  1. La potencia a contratar : Cuanta mayor potencia se contrate mayor será el coste del alta de la luz.
  2. Si la vivienda ha tenido luz anteriormente y hace cuánto tiempo la ha tenido: El precio del alta será mayor si la vivienda no ha tenido luz anteriormente o la ha tenido hace más de tres años. En caso de que el inmueble dispusiera de suministro eléctrico hace menos de tres años, el coste del alta sería menor.

Realizar el cambio de titular en la vivienda

Una vez que ha quedado claro todo el proceso y gestión para dar de alta el suministro de luz y/o gas natural, vamos a centrarnos en el aspecto del Cambio de Titular.

Como hemos indicado anteriormente, la gestión del cambio de titular del suministro de la luz y/o gas Natural debe llevarse a cabo cuando hemos adquirido o alquilado un nuevo inmueble que ya tiene dado de alta el suministro, por lo que podemos disponer de él en nuestra vivienda. En este caso no necesitamos dar un nuevo alta, si no que necesitamos poner el contrato a nombre del nuevo propietario o inquilino de la vivienda y domiciliarlo en su cuenta bancaria. Es necesario en casos de contrato de alquiler o de fallecimiento del anterior titular.

Siempre debe ser realizado por la persona que ejercerá como nuevo titular del contrato de suministro y asumirá la responsabilidad del contrato.

Al tratarse de un cambio de titularidad del contrato, siempre es recomendable realizar un estudio comparativo entre las diferentes tarifas de las diferentes compañías que operan en nuestra zona, para contratar el precio más competitivo y poder beneficiarnos de un trato de nuevo cliente con los descuentos que ello conlleva. Para ello se puede recurrir a un comprador de luz y gas.

Documentos para el cambio de titular en los suministros

Tanto en el caso del suministro eléctrico como en caso del suministro de gas natural, será necesario aportar los siguientes datos y documentos para la gestión de cambio de titular:

  1. Datos personales del anterior titular del suministro: Nombre, Apellidos y DNI.
  2. Datos personales del nuevo titular del suministro: Nombre, Apellidos y DNI.
  3. Código Universal del Punto de Suministro (CUPS): Es una especie de DNI del punto de suministro. Código de entre 20 y 22 dígitos que empieza por ES00 en el caso de la luz y por ES02 en el caso del gas natural. Aparece en todas las facturas y también puede obtenerse llamando a la distribuidora de la zona.
  4. Dirección de la vivienda o punto de suministro.
  5. Número de cuenta para domiciliar los pagos.

Esperamos que este artículo os haya resultado útil y de ayuda a la hora de contratar la luz y/o el gas natural en vuestra nueva vivienda. Os deseamos una feliz y confortable etapa en vuestro nuevo hogar.

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